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martes, 30 de octubre de 2007

Solicita el Asilo Político a Alemania.

Mis amigos, firmad, copiad y difundid este correo para que entre todos seamos capaces de informar a la embajada alemana de lo que está ocurriendo en nuestro pais. El mail firmado electronicamente, solo basta con vuestro nombre y dni, lo teneis que reenviar a www.custodiacompartida@custodiacompartida.org, por favor perded unos minutos y hacedlo, como os he dicho es muy importante.

Quiero aprovechar también esta comunicación para daros el ultimo informe de organización "sevillanoviembre"
Ya está el acto pedido y las gestiones oportunas para escenacrio y demás menesteres están en marcha satisfactoriamente gracias a la infalible colaboración de nuestro amigo José Luis Escañuela, presidente de Abogados progresistas, al cual agradezco personalmente la gestión realizada para con este tema.
Que sirva este mail de agradecimiento común de todos nosotros hacia él.

Ahora os dejo con el mail, el cual como vereis no tiene desperdicio alguno.




Madrid a 24 de Octubre de 2007-10-23
A la atención del excelentísimo señor Dr. Wolf-Ruthart Born, embajador de la República Federal de Alemania
Los abajo firmantes, todos mayores de edad, padres divorciados SOLICITAN a través de la institución que ud representa ASILO POLÍTICO EN LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA porque en España somos sistemáticamente perseguidos y separados de nuestros hijos por medio de leyes manifiestamente injustas, contrarias al derecho comunitario y a la Declaración Universal de Derechos Humanos .


EXPOSICIÓN DE RAZONES PARA LA SOLICITUD DE ASILO POLÍTICO

Si bien el derecho comunitario excluye la figura del asilo político entre miembros de la Unión Europea, no es menos cierto que la flagrante violación de los derechos humanos de la legislación penal y civil española, haría cuestionarse el cumplimiento efectivo de los estándares democráticos por parte de España y exigibles los países miembros de la Unión Europea y por tanto solicitamos la apertura de una investigación en el seno de la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento Europeo y del Consejo de Europa.


1.- En la reciente modificación del código civil español en lo que se refiere a los procesos de separación y divorcio, Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio , en artículo 92 apartados 5,6,7,8, se obstaculiza deliberadamente la coparentalidad y el derecho que tienen nuestros hijos a seguir teniendo madre y padre en igualdad de condiciones tras los procesos de separación y divorcio.

Son especialmente graves el apartado - 7 por el que se establece un vínculo entre la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y el Código Civil, de manera que la simple denuncia se convierte en un impedimento para poder conceder la custodia compartida de los hijos. Procedimiento por el que se están trasladando al ámbito penal miles de procedimientos de separación en España con el consiguiente perjuicio y maltrato institucional hacia nuestros hijos y que está en el origen del elevado número de falsas denuncias por violencia doméstica que tienen lugar en los procesos de divorcio en España ya que no son perseguidas de oficio.

Igualmente el apartado -8 constituye un atentado contra la independencia del poder judicial ya que se establece que tiene que haber un informe favorable del fiscal para que el juez pueda dar la custodia compartida.

En general todos los apartados de este artículo tienen como objetivo entorpecer la coparentalidad en lugar de promoverla como un bien para el menor.


2. En España se mezclan intencionadamente los conceptos de violencia doméstica y violencia de género, se manipulan las estadísticas, no se permite el acceso a las feministas igualitarias a las políticas llamadas de género, ni a las instituciones que velan por la igualdad de hombres y mujeres.



Consideramos que existe una clara inspiración totalitaria en algunos artículos de la Ley Integral contra la Violencia de Género, una falta evidente de garantías procesales y un pérdida de derechos fundamentales en la ciudadanía especialmente en el caso de los varones pero también de las mujeres.

En el título Preliminar. Artículo 1 Objeto de la Ley se vierten afirmaciones claramente discriminatorias contra los varones, inspiradas en ideologías, tales como : La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres , se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.

Estas y otras leyes que han precedido a la Ley Orgánica e Integral contra la Violencia de Genero y los procedimientos legales y jurídicos en ellas establecidos están no sólo haciendo irresoluble el problema de la violencia doméstica en España sino contribuyendo a su incremento, dejando desprotegida a la mujer y conculcando derechos fundamentales de todos los ciudadanos.

En el último año más de 160.000 hombres fueron denunciados ante los juzgados especializados de violencia doméstica sin las mínimas garantías procesales mientras que las tasas de conflictividad en los procesos de divorcio se elevaron cinco puntos porcentualmente

España es el único país perteneciente al Consejo de Europa que cuenta con una legislación penal basada en el " derecho penal de autor" imponiendo penas superiores a los hombres por razón de sexo ante la comisión de idéntico delito. Sólo los colectivos de judíos, negros y homosexuales sufrieron un tratamiento semejante desde el derecho penal en épocas pretéritas.

España viola, por tanto, los requisitos democráticos exigibles para su pertenencia al Consejo de Europa, lo que afecta tanto a ciudadanos alemanes residentes en España como a los propios españoles

3.- Por último solicitamos también acogernos a las leyes de la República Federal de Alemania en lo que se refiere a la atención social ya que en España están claramente inspiradas en principios de desigualdad y discriminación sexual y los millonarios fondos económicos que las proveen claramente sesgados, como es ejemplo patente la red de Institutos de la Mujer, dependientes del Ministerio de Asuntos Sociales, en el que prevalece el criterio sexual frente a la necesidad social. Denunciamos igualmente los numerosos decretos ministeriales de carácter social claramente discriminatorios en razón del sexo.


COMO CIUDADANOS EUROPEOS NO ENTENDEMOS QUE DEPENDIENDO DEL PAÍS EN QUE VIVAMOS NUESTROS HIJOS PUEDAN TENER EL DERECHO A LA COPARENTALIDAD Y MUCHO MENOS QUE SE NOS CRIMINALICE Y PERSIGA POR EL HECHO DE REIVINDICAR ESTOS DERECHOS Y SOLICITAMOS DE LA REPUBLICA FEDERAL ALEMANA QUE NOS ACOJA Y PRUMUEVA ANTE INSTANCIAS EUROPEAS LA EFECTIVIDAD DE LA IGUALDAD DEHOMBRES Y MUJERES EN TODOS LOS TERRITORIOS DE LA UNIÓN

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Gostei muito desse post e seu blog é muito interessante, vou passar por aqui sempre =) Depois dá uma passada lá no meu site, que é sobre o CresceNet, espero que goste. O endereço dele é http://www.provedorcrescenet.com . Um abraço.

Alephgaia dijo...

muchas gracias por tu comentario. Creo que me ofreces algo, pero no entiendo el portugués. ¿Sabes español?
un abrazo.
Diego.

Anónimo dijo...

Il semble que vous soyez un expert dans ce domaine, vos remarques sont tres interessantes, merci.

- Daniel